IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, tener en cuenta que luego de revisada la documentación la notaría puede solicitar documentos adicionales.
El testamento es el acto jurídico mediante el cual una persona puede disponer de todos sus bienes o parte de ellos, para después de su muerte, y ordenar su propia sucesión.
En sede notarial se pueden otorgar testamento abierto o por escritura pública y testamento cerrado.
- Comparecencia directa testador y dos testigos testamentarios mayores de edad (no familiares), con sus respectivos DNIs.
- Verificación Biométrica de identidad del testador y testigos.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros
- Copia literal y/o testimonio de los inmuebles que pretenda disponer.
- Decreto legislativo 1049, artículos 37° c) y 67°.
- Código civil, artículos 691° y siguientes.
- Resolución 156-2012-SUNARP/SN, Reglamento de inscripciones de los Registros de testamento y de Sucesiones Intestadas, publicada el 20/06/2012.
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