IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, tener en cuenta que luego de revisada la documentación la notaría puede solicitar documentos adicionales.
La reducción de capital debe acordarse en acuerdo de junta general con mayoría calificada.
- Minuta autorizada por abogado y suscrita por la persona designada en el acuerdo de reducción de capital.
- Libro de Actas de junta general de la sociedad.
- Comparecencia del designado para suscribir la escritura pública portando su DNI o documento oficial de identidad en caso de extranjeros.
- Verificación Biométrica de identidad del solicitante nacional
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP, dicho Certificado no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días naturales.
- Ley N° 26887, Ley General de Sociedades, Art. 215 y ss.
- Resolución N° 200-2001-SUNARP/SN, Reglamento del Registro de Sociedades, Art. 71 a 74
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