La diligencia de protesto es la actuación notarial requerida para acreditar el requerimiento de pago o aceptación de un título valor. Genera un acta de protesto que es un instrumento notarial protocolar que puede ser registrado en soporte papel o digital, además de una constancia que se coloca al reverso del título valor.
- Presentar en la Notaría el título valor que desea ser protestado (letra de cambio, pagaré, etc.) para la verificación de las formalidades de su emisión y la verificación de su vencimiento, de ser el caso.
- Los costos de la certificación de diligencia de Protesto es según la distancia.
- Decreto legislativo 1049, artículo 75°
- Ley 27287. Ley de títulos valores, artículo 70° y siguientes.
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