IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, tener en cuenta que luego de revisada la documentación la notaría puede solicitar documentos adicionales.
La diligencia de protesto es la actuación notarial requerida para acreditar el requerimiento de pago o aceptación de un título valor. Genera un acta de protesto que es un instrumento notarial protocolar que puede ser registrado en soporte papel o digital, además de una constancia que se coloca al reverso del título valor.
- Presentar en la Notaría el título valor que desea ser protestado (letra de cambio, pagaré, etc.) para la verificación de las formalidades de su emisión y la verificación de su vencimiento, de ser el caso.
- Los costos de la certificación de diligencia de Protesto es según la distancia.
- Decreto legislativo 1049, artículo 75°
- Ley 27287. Ley de títulos valores, artículo 70° y siguientes.
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