IMPORTANTE: Los requisitos son referenciales, tener en cuenta que luego de revisada la documentación la notaría puede solicitar documentos adicionales.
Es el trámite destinado a obtener el derecho de propiedad de un vehículo automotor. Se adquiere por prescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante cuatro años.
- Comparecencia del solicitante, portando su DNI o documento oficiales de identidad en caso de extranjeros
- Verificación Biométrica de identidad de los solicitantes nacionales.
- Verificación de identidad con la base de datos de migraciones para los extranjeros.
- En caso de actuar a través de apoderado, certificado de vigencia de poder actualizado expedido por SUNARP, dicho Certificado no podrá tener una antigüedad mayor a 30 días naturales
- SOLICITUD (suscrita por los solicitantes, testigos y autorizado por abogado), con los requisitos señalados en los artículos 424° y 425° del C.P.C.; y los incisos 1; 2; y, 3 del Artículo 505 del Código Procesal Civil, la que debe contener:
- Generales de Ley de cada uno de los otorgantes y testigos.
- Indicar el tiempo de posesión, la fecha y forma de adquisición (4 años como mínimo).
- Señalar el nombre y dirección de la(s) persona(s) con derecho inscrito.
- Describir el bien con la mayor exactitud posible.
- Fundamento Legal (art. 3° Ley N° 26662, Art. 504° y sgtes. del C.P.C.)
- Título que ampare la solicitud.
- Tarjeta de Propiedad Vehicular, (opcional).
- Certificado de Gravamen del Vehículo a prescribir, expedido por el Registro de la Propiedad Vehicular (SUNARP)
- Certificado de Gravamen de NO ROBO del vehículo a prescribir, expedido por la DIROVE – PNP
- Declaración testimonial de no menos de 3 ni mas de 6 personas mayores de 25 años, quienes declararán que conocen al solicitante y especificarán el tiempo en que dicho solicitante viene poseyendo el vehículo.
- Código Procesal Civil, Art. 504 y ss
- Ley N° 28325
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